Las nuevas tecnologías han traído distintas novedades al derecho de familia. Por un lado, de todo lo que se remite por correo electrónico o whatssap queda constancia documental, y de otro, cada uno de nosotros tenemos a nuestra disposición una grabadora por el simple hecho de portar un teléfono móvil.

Todo ello ha variado sustancialmente la forma en que los abogados abordamos los procedimientos, tanto contenciosos como de mutuo acuerdo. Antes únicamente obteníamos los datos por “memoria” del cliente, y ahora hay mucha información que podemos obtener de correos electrónicos, conversaciones de whatssap, redes sociales……

La mayor parte de los clientes piensan que no se pueden aportar a un juicio las conversaciones de whatssap o las grabaciones entre los cónyuges, cuando no es cierto.

El dato que marca la diferencia entre que aportar una grabación de una conversación constituya un delito que o que su presentación sea perfectamente lícita estriba en «quién» es la persona que lo aporte al procedimiento. Si uno de los intervinientes realiza la grabación puede ser aportada por éste sin ningún problema ya que no está vulnerando ningún derecho fundamental.

También hay jurisprudencia que refiere la procedencia de admitir la grabación, cuando esta es llevada a cabo por un tercero, siempre y cuando al menos una de las partes intervinientes de su consentimiento.

Este es uno de los motivos por los que conviene consultar con un letrado desde que se tiene intención de romper o se conoce que es la otra parte de la pareja la que pretende hacerlo. Dada la absoluta credibilidad que nuestros tribunales atribuyen a grabaciones, correos electrónicos y whassap a menudo son determinantes las conversaciones que se tienen por las partes de cara al procedimiento posterior.

Yo, personalmente, desde que un cliente viene a consultar, llevo un control personal de los hechos que se admiten o niegan por cualquier vía de comunicación para evitar problemas futuros, dando directrices sobre las formas de abordar los distintos temas . No es lo mismo dirigir un procedimiento desde sus primeros compases a hacerlo cuando la demanda de la parte contraria está encima de la mesa con todas las pruebas.

Scroll al inicio